El procedimiento de "autorización para ocupación de la vía pública" tiene como objeto regular las ocupaciones temporales de las vías públicas con contenedores o cubas, protección de obras, andamios y acopios de materiales con ocasión de la realización de cualquier obra o trabajo, así como para la realización de actividades como mudanzas, carga y descarga de materiales, descargas de combustible, carga y descarga de material relacionado con obras, vehículos de hormigonado, etc.
Personas físicas o jurídicas que deseen solicitar autorización para ocupación de la vía pública.
Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite". Si la persona interesada no utiliza la vía telemática podrá descargarse el/los impreso/s desde esta página o acudir al registro del Ayuntamiento, donde le facilitarán dicho/s impreso/s normalizado/s a presentar.
Nombre: Solicitud de autorización para ocupación de la vía pública.
Unidad tramitadora: Secretaría.
Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
Órgano de resolución: Alcaldía o Junta de Gobierno Local.
Carácter silencio administrativo: Silencio negativo.
Plazo de resolución: 1 mes.
Recurso aplicable: Recurso de reposición / Contencioso administrativo.
Tasas/impuestos: Consultar la ordenanza fiscal del apartado de normativa.
Canales de atención: Telemático (Iniciar trámite).
Presencial.